Revisor fiscal 2026: ¿quién está obligado?
Topes revisor fiscal 2026: activos ≥$7.117M o ingresos ≥$4.270M. Guía para S.A.S., Ltda. y entidades especiales.
Revisor fiscal 2026: ¿quién está obligado a tenerlo?
Determinar si una sociedad debe tener revisor fiscal en 2026 requiere analizar varios factores: el tipo de sociedad, el monto de activos e ingresos al cierre de 2025, y las normas especiales aplicables a ciertos sectores. Esta guía presenta los topes actualizados y las reglas específicas para cada tipo de entidad.
La obligación de tener revisor fiscal para 2026 se determina con base en los estados financieros al 31 de diciembre de 2025, utilizando el SMMLV de 2025 ($1.423.500) como referencia para calcular los topes.
Topes 2026 (calculados con SMMLV 2025 = $1.423.500):
- Activos brutos ≥ 5.000 SMMLV = $7.117.500.000
- Ingresos brutos ≥ 3.000 SMMLV = $4.270.500.000
Marco normativo
La obligación de tener revisor fiscal está regulada por tres normas principales:
| Norma | Contenido | Aplicación |
|---|---|---|
| Código de Comercio, Art. 203 | Obligación por naturaleza jurídica | S.A., S.C.A., sucursales extranjeras |
| Ley 43 de 1990, Art. 13 Par. 2 | Obligación por topes de activos/ingresos | Todas las sociedades comerciales |
| Ley 1258 de 2008, Art. 28 | Régimen especial S.A.S. | Solo aplica por topes o ley especial |
Entidades obligadas por su naturaleza jurídica
Las siguientes entidades deben tener revisor fiscal sin importar el monto de sus activos o ingresos:
Sociedades por acciones (excepto S.A.S.)
- Sociedades Anónimas (S.A.)
- Sociedades en Comandita por Acciones (S.C.A.)
Otras entidades obligadas siempre
- Sucursales de compañías extranjeras
- Sociedades de economía mixta
- Empresas industriales y comerciales del Estado
- Cámaras de Comercio
- Bolsas de valores
- Comisionistas de bolsa
- Sociedades administradoras de fondos de inversión
- Fondos de pensiones y cesantías
Importante: Las sociedades por acciones del artículo 203 del Código de Comercio NO incluyen a las S.A.S., las cuales tienen un régimen especial definido en la Ley 1258 de 2008.
Obligación por topes de activos o ingresos
Cualquier sociedad comercial, de cualquier naturaleza jurídica, está obligada a tener revisor fiscal si al 31 de diciembre de 2025 cumple alguno de estos requisitos:
| Criterio | Tope en SMMLV | Valor en pesos (SMMLV 2025) |
|---|---|---|
| Activos brutos | ≥ 5.000 SMMLV | ≥ $7.117.500.000 |
| Ingresos brutos | ≥ 3.000 SMMLV | ≥ $4.270.500.000 |
Precisiones importantes
¿Qué valor se toma? Los valores de activos e ingresos se toman de los estados financieros de propósito general (contables), no de las declaraciones tributarias. Así lo ha confirmado el CTCP en múltiples conceptos.
¿Cuándo nace la obligación? La obligación para 2026 se evalúa con los estados financieros al 31 de diciembre de 2025. Si la sociedad supera los topes en 2025, debe tener revisor fiscal durante todo 2026.
¿Qué incluyen los ingresos brutos? Se toman los ingresos reconocidos en el estado de resultados, sin incluir los del otro resultado integral (ORI), según el Concepto CTCP 1080 de 2019.
Régimen especial de la S.A.S.
Las Sociedades por Acciones Simplificadas (S.A.S.) tienen un tratamiento diferente al de las demás sociedades por acciones.
Una S.A.S. está obligada a tener revisor fiscal únicamente si:
- Supera los topes del parágrafo 2 del artículo 13 de la Ley 43 de 1990 (activos ≥ $7.117.500.000 o ingresos ≥ $4.270.500.000), o
- Una ley especial lo exige (por ejemplo, si presta servicios de salud y está vigilada por la Superintendencia de Salud)
Ventaja de la S.A.S.: A diferencia de una S.A. que siempre debe tener revisor fiscal, una S.A.S. pequeña o mediana puede operar sin este cargo mientras no supere los topes legales.
Sociedades limitadas
Las sociedades limitadas (Ltda.) no están incluidas en el artículo 203 del Código de Comercio porque su capital se divide en cuotas partes, no en acciones.
Por lo tanto, una sociedad limitada solo debe tener revisor fiscal si:
- Supera los topes de activos o ingresos de la Ley 43 de 1990, o
- Sus estatutos lo establecen, o
- Una ley especial lo exige por su actividad
Entidades del sector solidario
Las entidades del sector solidario (cooperativas, fondos de empleados, asociaciones mutuales) tienen un régimen especial definido por la Resolución 041 de 2000.
| Tipo de entidad | Tope de activos | Valor 2026 |
|---|---|---|
| Cooperativas y fondos de empleados | ≥ 500 SMMLV | ≥ $711.750.000 |
| Asociaciones mutuales | ≥ 500 SMMLV | ≥ $711.750.000 |
Este tope se calcula con el SMMLV vigente (2025 = $1.423.500).
Entidades sin ánimo de lucro
Las fundaciones y entidades sin ánimo de lucro vigiladas por las gobernaciones deben tener revisor fiscal según lo dispuesto en el artículo 2.2.1.3.2 del Decreto 1066 de 2015.
Propiedad horizontal
La propiedad horizontal comercial o mixta está obligada a tener revisor fiscal según la Ley 675 de 2001, independientemente del valor de sus activos o ingresos.
Sector salud
Las siguientes entidades del sector salud deben tener revisor fiscal:
- Empresas Promotoras de Salud (EPS)
- Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS)
- Empresas solidarias de salud
- Otras entidades vigiladas por la Superintendencia de Salud
¿Qué pasa si dejo de cumplir los topes?
Si una sociedad tuvo revisor fiscal en 2025 porque superó los topes en 2024, pero no los supera según los estados financieros de 2025, puede dejar de tener revisor fiscal en 2026.
El procedimiento es el siguiente:
- El administrador comunica esta situación al máximo órgano social en la reunión ordinaria
- El máximo órgano social decide si:
- Mantiene el cargo voluntariamente
- Incluye la figura como obligatoria en los estatutos
- Acepta la cesación de la obligación
- Si cesa la obligación, el administrador actualiza el registro mercantil
Plazo de nombramiento: Si en 2026 nace la obligación de tener revisor fiscal (porque se superaron los topes en 2025), el nombramiento debe hacerse máximo dentro de los tres meses siguientes al cierre del ejercicio.
Firma de declaraciones tributarias
Cuando una sociedad está obligada a tener revisor fiscal, sus declaraciones tributarias deben estar firmadas por este profesional para ser consideradas válidamente presentadas.
La firma del revisor fiscal en declaraciones tributarias inicia a partir del 1 de enero del año siguiente al que nace la obligación. Si la obligación nació con los estados financieros de 2025, las declaraciones presentadas desde enero de 2026 deben cumplir esta formalidad.
Consecuencias de no tener revisor fiscal
El incumplimiento de la obligación de tener revisor fiscal puede generar:
| Consecuencia | Base legal |
|---|---|
| Declaraciones tributarias dadas por no presentadas | Art. 580, literal d) del Estatuto Tributario |
| Sanciones por incumplimiento de la Ley 43 de 1990 | Ley 43 de 1990 |
| Estados financieros presentados sin los requisitos del Art. 42 de la Ley 222 de 1995 | Ley 222 de 1995 |
| Observaciones de entes reguladores | Normas especiales por sector |
Checklist para determinar la obligación
Utilice esta lista de verificación para determinar si su sociedad debe tener revisor fiscal en 2026:
- Tipo de sociedad: ¿Es una S.A. o S.C.A.? → Obligada siempre
- Sucursal extranjera: ¿Es sucursal de compañía extranjera? → Obligada siempre
- Topes Ley 43/1990: ¿Activos ≥ $7.117.500.000 o ingresos ≥ $4.270.500.000 al 31/12/2025? → Obligada
- Estatutos: ¿Los estatutos establecen la obligación? → Obligada
- Sector regulado: ¿Está en un sector con ley especial (salud, financiero, solidario)? → Verificar norma específica
- Propiedad horizontal: ¿Es propiedad horizontal comercial o mixta? → Obligada
Consulte con un profesional
Determinar correctamente la obligación de tener revisor fiscal y gestionar el nombramiento requiere conocimiento especializado. Un contador público puede ayudarle a analizar su situación específica y cumplir con los requisitos legales.
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Aviso legal: Este artículo es informativo y no constituye asesoría legal o contable. Las normas pueden ser modificadas. Consulte con un profesional para su caso específico.
Fuentes:
- Código de Comercio, artículo 203
- Ley 43 de 1990, artículo 13, parágrafo 2
- Ley 1258 de 2008, artículo 28 (S.A.S.)
- Decreto 2020 de 2009, artículo 1
- Concepto CTCP 1109 de 2019
- Concepto CTCP 1080 de 2019
- Concepto CTCP 86 de 2025
- Concepto Supersociedades 220-045838 de 2022
Última actualización: Enero 2026
